{"id":7341,"date":"2026-08-18T10:17:03","date_gmt":"2026-08-18T07:17:03","guid":{"rendered":"https:\/\/danil-hristich.com\/?p=7341"},"modified":"2026-08-18T10:17:11","modified_gmt":"2026-08-18T07:17:11","slug":"ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/","title":{"rendered":"Ataques a puertos y fuerza mayor en GAFTA: ADM v Inerco"},"content":{"rendered":"<div id=\"ez-toc-container\" class=\"ez-toc-v2_0_71 counter-hierarchy ez-toc-counter ez-toc-transparent ez-toc-container-direction\">\n<div class=\"ez-toc-title-container\">\n<p class=\"ez-toc-title\" style=\"cursor:inherit\">\u0421\u043e\u0434\u0435\u0440\u0436\u0430\u043d\u0438\u0435<\/p>\n<span class=\"ez-toc-title-toggle\"><\/span><\/div>\n<nav><ul class='ez-toc-list ez-toc-list-level-1 ' ><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-1\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#Verano_de_2026_puertos_bajo_ataque\" title=\"Verano de 2026: puertos bajo ataque\">Verano de 2026: puertos bajo ataque<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-2\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#El_caso_ADM_v_Inerco_contrato_y_cronologia\" title=\"El caso ADM v Inerco: contrato y cronolog\u00eda\">El caso ADM v Inerco: contrato y cronolog\u00eda<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-3\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#%C2%BFQue_es_un_acontecimiento_%C2%ABimprevisible%C2%BB_en_una_clausula_de_fuerza_mayor\" title=\"\u00bfQu\u00e9 es un acontecimiento \u00abimprevisible\u00bb en una cl\u00e1usula de fuerza mayor?\">\u00bfQu\u00e9 es un acontecimiento \u00abimprevisible\u00bb en una cl\u00e1usula de fuerza mayor?<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-4\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#La_notificacion_de_fuerza_mayor_%C2%BFrequisito_o_formalidad\" title=\"La notificaci\u00f3n de fuerza mayor: \u00bfrequisito o formalidad?\">La notificaci\u00f3n de fuerza mayor: \u00bfrequisito o formalidad?<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3' ><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-5\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#Cuando_empieza_el_computo_el_problema_de_la_fuerza_mayor_%C2%ABprogresiva%C2%BB\" title=\"Cu\u00e1ndo empieza el c\u00f3mputo: el problema de la fuerza mayor \u00abprogresiva\u00bb\">Cu\u00e1ndo empieza el c\u00f3mputo: el problema de la fuerza mayor \u00abprogresiva\u00bb<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-6\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#%C2%BFCabe_aplicar_la_clausula_10_tras_una_prorroga_de_la_clausula_20\" title=\"\u00bfCabe aplicar la cl\u00e1usula 10 tras una pr\u00f3rroga de la cl\u00e1usula 20?\">\u00bfCabe aplicar la cl\u00e1usula 10 tras una pr\u00f3rroga de la cl\u00e1usula 20?<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-7\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#Ataques_y_puertos_bloqueados_como_aplicar_esto_ahora\" title=\"Ataques y puertos bloqueados: c\u00f3mo aplicar esto ahora\">Ataques y puertos bloqueados: c\u00f3mo aplicar esto ahora<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3' ><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-8\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#%C2%BFPueden_los_ataques_ser_fuerza_mayor_si_la_guerra_va_por_su_quinto_ano\" title=\"\u00bfPueden los ataques ser fuerza mayor si la guerra va por su quinto a\u00f1o?\">\u00bfPueden los ataques ser fuerza mayor si la guerra va por su quinto a\u00f1o?<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-9\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#La_notificacion_la_actuacion_mas_barata_y_mas_importante\" title=\"La notificaci\u00f3n: la actuaci\u00f3n m\u00e1s barata y m\u00e1s importante\">La notificaci\u00f3n: la actuaci\u00f3n m\u00e1s barata y m\u00e1s importante<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-10\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#La_fuerza_mayor_suspende_el_contrato_no_lo_extingue\" title=\"La fuerza mayor suspende el contrato, no lo extingue\">La fuerza mayor suspende el contrato, no lo extingue<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-11\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#El_error_cuesta_mas_que_la_propia_fuerza_mayor\" title=\"El error cuesta m\u00e1s que la propia fuerza mayor\">El error cuesta m\u00e1s que la propia fuerza mayor<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-12\" href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/ataques-puertos-fuerza-mayor-gafta\/#Conclusiones\" title=\"Conclusiones\">Conclusiones<\/a><\/li><\/ul><\/nav><\/div>\n\n<p>En julio de 2026, tras los ataques contra buques mercantes frente a Odesa, los armadores dejaron pr\u00e1cticamente de hacer escala en los puertos ucranianos del mar Negro, y los operadores con contratos abiertos volvieron a plantearse la misma pregunta: \u00bfcabe invocar la fuerza mayor cuando la guerra a gran escala va por su quinto a\u00f1o y los bombardeos, en rigor, ya no son una novedad? Una reciente sentencia del High Court de Inglaterra y Gales (Commercial Court), <a href=\"https:\/\/caselaw.nationalarchives.gov.uk\/ewhc\/comm\/2026\/1873\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">ADM Industries Centers Ltd v Inerco Trade SA [2026] EWHC 1873 (Comm)<\/a>, derivada de una operaci\u00f3n de 2023 al amparo del \u00abacuerdo del grano\u00bb, responde de forma directa: qu\u00e9 se considera un acontecimiento \u00abimprevisible\u00bb con una guerra de fondo, por qu\u00e9 una notificaci\u00f3n tard\u00eda impide al vendedor ampararse en la cl\u00e1usula 20 y c\u00f3mo interact\u00faan las pr\u00f3rrogas de las cl\u00e1usulas 10 y 20 de GAFTA 48.<\/p>\n<h2><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Verano_de_2026_puertos_bajo_ataque\"><\/span>Verano de 2026: puertos bajo ataque<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n<p>El 19 de julio de 2026 el granelero Golden Leo, cargado de ma\u00edz, recibi\u00f3 el impacto de tres misiles de crucero en el fondeadero de Odesa: murieron diez personas, entre ellas un pr\u00e1ctico ucraniano, y el buque, tras seis d\u00edas de inundaci\u00f3n progresiva, <a href=\"https:\/\/maritime-executive.com\/article\/merchant-vessel-sinks-after-multiple-russian-cruise-missile-hits\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">qued\u00f3 asentado en el fondo<\/a>. El 23 de julio los armadores hab\u00edan suspendido las escalas: ese d\u00eda, <a href=\"https:\/\/wkzo.com\/2026\/07\/23\/shipowners-halt-vessel-calls-for-farm-exports-at-ukraines-black-sea-ports-minister-says\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">seg\u00fan el ministro de Agricultura de Ucrania<\/a>, ning\u00fan buque transit\u00f3 por el corredor mar\u00edtimo. Los ataques contra la flota mercante continuaron: el 30 de julio un dron <a href=\"https:\/\/www.turkiyetoday.com\/nation\/drone-hits-turkish-owned-grain-ship-ata-2-off-chornomorsk-in-black-sea-3224982\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">impact\u00f3 en la superestructura del granelero ATA-2<\/a> cuando sal\u00eda de Chornomorsk con ma\u00edz, y el 5 de agosto <a href=\"https:\/\/www.kyivpost.com\/post\/81869\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">se incendi\u00f3 el granelero Emil<\/a>, de operador alem\u00e1n, frente a Odesa: un segundo dron alcanz\u00f3 el buque mientras la tripulaci\u00f3n lo abandonaba. A principios de agosto, <a href=\"https:\/\/time.com\/article\/2026\/07\/31\/russia-attack-odesa-ukraine-black-sea-ports\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">seg\u00fan la estimaci\u00f3n de Time<\/a>, alrededor del 90% de los operadores hab\u00eda dejado de hacer escala en puertos ucranianos, las primas del seguro de riesgo de guerra se dispararon y los ataques alcanzaron tambi\u00e9n la infraestructura portuaria de Odesa y Mykolaiv.<\/p>\n<p>Cuanto mayor es la perturbaci\u00f3n, con m\u00e1s frecuencia las partes recurren a la expresi\u00f3n \u00abfuerza mayor\u00bb, y m\u00e1s caros resultan los errores al invocarla. Resulta significativo que la sentencia de ADM v Inerco se dictara el 23 de julio de 2026, en plena escalada actual. El litigio naci\u00f3 de los hechos de mayo de 2023, cuando la exportaci\u00f3n desde esos mismos puertos se detuvo por otro motivo: los inspectores rusos dejaron de dar paso a los buques que operaban al amparo del \u00abacuerdo del grano\u00bb.<\/p>\n<h2><span class=\"ez-toc-section\" id=\"El_caso_ADM_v_Inerco_contrato_y_cronologia\"><\/span>El caso ADM v Inerco: contrato y cronolog\u00eda<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n<p>En virtud de un contrato de 10 de febrero de 2023, Inerco Trade SA (vendedora) vendi\u00f3 a ADM Israel (compradora) 60.000 toneladas de ma\u00edz ucraniano \u00b110% en condiciones CIF FO Ashdod\/Haifa, con embarque entre el 15 de abril y el 15 de mayo de 2023. El contrato incorporaba el formulario <strong>GAFTA 48<\/strong> y recog\u00eda expresamente el contexto b\u00e9lico: una condici\u00f3n especial preve\u00eda que, si se cancelaba el \u00abcorredor\u00bb \u2014la Iniciativa del Grano del Mar Negro\u2014, el contrato quedar\u00eda null and void, es decir, sin efecto.<\/p>\n<p>El mecanismo de exportaci\u00f3n funcionaba as\u00ed: todo buque que entraba en el mar Negro para cargar pasaba una inspecci\u00f3n del Centro Conjunto de Coordinaci\u00f3n (JCC) en Estambul, en el que tambi\u00e9n participaban inspectores rusos. El 30 de marzo la vendedora nomin\u00f3 el buque Nikolaos S, con llegada al puerto de Pivdennyi \u00absujeta a superar la inspecci\u00f3n del JCC\u00bb. El buque esperaba su inspecci\u00f3n cuando, el 7 de mayo de 2023, los inspectores rusos dejaron de inspeccionar los buques entrantes. Los agentes portuarios calificaron lo ocurrido de sabotaje: los buques rusos pasaban sin inspecci\u00f3n y el resto quedaba detenido. El 11 de mayo hab\u00eda 60 buques en cola. Las inspecciones no se reanudaron hasta el 18 de mayo, tres d\u00edas despu\u00e9s de expirar el periodo de embarque.<\/p>\n<p>El 16 de mayo la vendedora remiti\u00f3 a la compradora una notificaci\u00f3n al amparo de la <strong>cl\u00e1usula 20 de GAFTA 48 (Prevention of Shipment)<\/strong>, la cl\u00e1usula de fuerza mayor del formulario (la numeraci\u00f3n de cl\u00e1usulas corresponde a la edici\u00f3n de GAFTA 48 vigente en la fecha del contrato), y el 19 de mayo una notificaci\u00f3n del cese de la fuerza mayor. La compradora no admiti\u00f3 la notificaci\u00f3n y sostuvo que el embarque deb\u00eda realizarse a m\u00e1s tardar el 15 de mayo. La vendedora consider\u00f3 que esa postura constitu\u00eda un repudio del contrato (<strong>renunciation<\/strong>) \u2014palabras o conducta que indican de forma inequ\u00edvoca que una parte no cumplir\u00e1 el contrato en sus t\u00e9rminos\u2014, la acept\u00f3 el 25 de mayo y revendi\u00f3 la mercanc\u00eda el 26 de mayo. El ma\u00edz se embarc\u00f3 para los nuevos compradores el 4 de junio.<\/p>\n<p>El tribunal arbitral de primera instancia de GAFTA fall\u00f3 a favor de la compradora: la fuerza mayor no hab\u00eda quedado acreditada. El Board of Appeal de GAFTA lleg\u00f3 a la conclusi\u00f3n contraria en noviembre de 2025 y concedi\u00f3 a la vendedora una indemnizaci\u00f3n de 3,12 millones de d\u00f3lares. La compradora obtuvo autorizaci\u00f3n para recurrir por cuestiones de derecho al amparo del <a href=\"https:\/\/www.legislation.gov.uk\/ukpga\/1996\/23\/section\/69\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 69 de la Arbitration Act 1996<\/a> sobre tres puntos. Conoci\u00f3 del asunto Paul Stanley KC, el mismo juez que resolvi\u00f3 recientemente sobre <a href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/banking-days-saleform-2012-plazo-de-pago\/\">los plazos de pago expresados en Banking Days bajo Saleform 2012<\/a>.<\/p>\n<img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/danil-hristich.com\/wp-content\/uploads\/2026\/08\/fors-mazhor-obstrely-portov-gafta-paoalchapar-HRFDmqfmH5Y.jpg\" alt=\"Close-up of yellow corn kernels in bulk\" title=\"\">\n\n<h2><span class=\"ez-toc-section\" id=\"%C2%BFQue_es_un_acontecimiento_%C2%ABimprevisible%C2%BB_en_una_clausula_de_fuerza_mayor\"><\/span>\u00bfQu\u00e9 es un acontecimiento \u00abimprevisible\u00bb en una cl\u00e1usula de fuerza mayor?<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n<p>La cl\u00e1usula 20 de GAFTA 48 define el \u00abEvent of Force Majeure\u00bb mediante una lista de doce supuestos: prohibici\u00f3n de exportaci\u00f3n, bloqueo, actos de terrorismo, hostilidades, huelgas, aver\u00eda de maquinaria, hielo, Act of God, y el apartado (k), que result\u00f3 decisivo en el caso:<\/p>\n<blockquote>\n<p class=\"has-black-color has-pale-cyan-blue-background-color has-text-color has-background\">&#8220;(k) unforeseeable and unavoidable impediments to transportation or navigation&#8221; \u2014 impedimentos imprevisibles e inevitables al transporte o a la navegaci\u00f3n.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>La vendedora se apoy\u00f3 precisamente en \u00e9l: la suspensi\u00f3n de las inspecciones constitu\u00eda un impedimento a la navegaci\u00f3n. El litigio gir\u00f3 en torno a la palabra \u00abunforeseeable\u00bb. La compradora propon\u00eda el umbral bajo propio de la responsabilidad extracontractual (el enfoque de The Wagon Mound (No 2) [1967] AC 617): es previsible todo riesgo que no pueda calificarse de meramente remoto o inveros\u00edmil, \u00abnot far-fetched\u00bb. Ya se hab\u00edan producido paradas de inspecci\u00f3n antes, de modo que el acontecimiento era previsible y no cab\u00eda aplicar la cl\u00e1usula 20.<\/p>\n<p>El tribunal rechaz\u00f3 ese planteamiento. En el contexto de una cl\u00e1usula de fuerza mayor, \u00abimprevisible\u00bb significa un acontecimiento cuya probabilidad es <strong>insignificante<\/strong> (\u00abnegligible probability\u00bb): tan reducida que, en t\u00e9rminos comerciales, resulta justificado prescindir de ella al celebrar el contrato. Los supuestos vecinos de la lista \u2014bloqueo, hostilidades, huelgas\u2014 son acontecimientos raros pero perfectamente imaginables; exigir del apartado (k) una imposibilidad absoluta de imaginarlo lo desmarcar\u00eda por completo del conjunto en el que se inserta.<\/p>\n<p>La segunda capa del razonamiento resulta esencial para los acontecimientos actuales: la previsibilidad es <strong>una cuesti\u00f3n de grado<\/strong>, no solo del hecho de que algo ocurra. S\u00ed hubo paradas breves de inspecci\u00f3n \u2014catorce en 288 d\u00edas de funcionamiento del \u00abcorredor\u00bb\u2014, pero diez duraron un d\u00eda y tres, dos d\u00edas. El Board consider\u00f3 que la probabilidad de una parada superior a dos d\u00edas era insignificante: lo que hizo imprevisible el acontecimiento fue su duraci\u00f3n. El juez coincidi\u00f3, con una imagen precisa: el mal tiempo es previsible, pero tres d\u00edas de huracanes quiz\u00e1 no. D\u00f3nde se sit\u00faa exactamente la l\u00ednea es una cuesti\u00f3n de criterio comercial de los \u00e1rbitros, en la que el tribunal no interfiere.<\/p>\n<h2><span class=\"ez-toc-section\" id=\"La_notificacion_de_fuerza_mayor_%C2%BFrequisito_o_formalidad\"><\/span>La notificaci\u00f3n de fuerza mayor: \u00bfrequisito o formalidad?<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n<p>El derecho a suspender el cumplimiento no surge autom\u00e1ticamente conforme a la cl\u00e1usula 20. El segundo p\u00e1rrafo lo formula as\u00ed:<\/p>\n<blockquote>\n<p class=\"has-black-color has-pale-cyan-blue-background-color has-text-color has-background\">&#8220;&#8230;the performance of this contract shall be suspended for the duration of the Event of Force Majeure, provided that Sellers shall have served a notice on Buyers within 7 consecutive days of the occurrence or not later than 21 consecutive days before commencement of the shipment period, whichever is the later, with the reasons therefor.&#8221;<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>El cumplimiento queda suspendido \u00absiempre que\u00bb la vendedora notifique a la compradora dentro de los 7 d\u00edas siguientes al acontecimiento (o no m\u00e1s tarde de 21 d\u00edas antes del inicio del periodo de embarque, seg\u00fan cu\u00e1l de los dos plazos venza despu\u00e9s), indicando los motivos.<\/p>\n<p>La vendedora notific\u00f3 el 16 de mayo, el noveno d\u00eda si se cuenta desde el 7 de mayo. El Board disculp\u00f3 el retraso: de la fecha exacta no depend\u00eda nada relevante, la compradora no sufri\u00f3 perjuicio alguno por dos d\u00edas y los reparos t\u00e9cnicos no deben imponerse a \u00abla l\u00f3gica comercial y la justicia natural\u00bb.<\/p>\n<p>El tribunal discrep\u00f3, y este es el resultado pr\u00e1ctico m\u00e1s importante de la sentencia. Las palabras \u00abprovided that\u00bb son, en este contexto, el lenguaje inequ\u00edvoco de una <strong>condition precedent<\/strong>: un requisito previo de obligado cumplimiento sin el cual no llega siquiera a nacer el derecho a ampararse en la cl\u00e1usula 20. Aqu\u00ed no existe la categor\u00eda de \u00abtard\u00edo pero inofensivo\u00bb: si la notificaci\u00f3n llega tarde, la cl\u00e1usula 20 sencillamente no se aplica, con todas sus consecuencias. El juez subray\u00f3 que el requisito no es gravoso, cumple una finalidad comercial evidente \u2014ambas partes saben de inmediato a qu\u00e9 atenerse\u2014 y no necesita suavizarse mediante un difuso criterio de perjuicio sustancial.<\/p>\n<h3><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Cuando_empieza_el_computo_el_problema_de_la_fuerza_mayor_%C2%ABprogresiva%C2%BB\"><\/span>Cu\u00e1ndo empieza el c\u00f3mputo: el problema de la fuerza mayor \u00abprogresiva\u00bb<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n<p>Si el acontecimiento comenz\u00f3 el 7 de mayo, la notificaci\u00f3n del 16 de mayo lleg\u00f3 tarde y la vendedora pierde el derecho a ampararse en la cl\u00e1usula 20. Pero \u00bfqu\u00e9 debe entenderse exactamente por \u00abacontecimiento\u00bb? No toda suspensi\u00f3n de inspecciones era fuerza mayor: las pausas breves eran previsibles. La parada se convirti\u00f3 en fuerza mayor cuando super\u00f3 el habitual par\u00e9ntesis de uno o dos d\u00edas, es decir, seg\u00fan la tesis de la vendedora, no antes del 9 de mayo. Computada desde el 9 de mayo, la notificaci\u00f3n del 16 de mayo se sit\u00faa dentro de los siete d\u00edas.<\/p>\n<p>El Board no formul\u00f3 una conclusi\u00f3n expresa sobre la fecha de inicio, por lo que el tribunal remiti\u00f3 el laudo al tribunal arbitral para su reconsideraci\u00f3n (remitted the award) con una pregunta concreta: \u00bfcomenz\u00f3 el impedimento imprevisible e inevitable antes del 9 de mayo de 2023? De ser as\u00ed, la vendedora nunca lleg\u00f3 a invocar v\u00e1lidamente la cl\u00e1usula 20 y los 3,12 millones de d\u00f3lares concedidos se evaporan. El destino de toda la suma pende de dos d\u00edas de cronolog\u00eda.<\/p>\n<img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/danil-hristich.com\/wp-content\/uploads\/2026\/08\/fors-mazhor-obstrely-portov-gafta-elmanana-zoFMlCrqgOM.jpg\" alt=\"Royal Courts of Justice building on the Strand in London\" title=\"\">\n\n<h2><span class=\"ez-toc-section\" id=\"%C2%BFCabe_aplicar_la_clausula_10_tras_una_prorroga_de_la_clausula_20\"><\/span>\u00bfCabe aplicar la cl\u00e1usula 10 tras una pr\u00f3rroga de la cl\u00e1usula 20?<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n<p>La tercera cuesti\u00f3n era la interacci\u00f3n de la cl\u00e1usula de fuerza mayor con la <a href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/como-funciona-la-gafta-extension-clause-si-el-vendedor-ha-emitido-varios-conocimientos-de-embarque-para-distintas-partes-de-la-mercancia\/\">Extension of Shipment (cl\u00e1usula 10)<\/a>. La cl\u00e1usula 10 permite a la vendedora prorrogar el periodo de embarque un m\u00e1ximo de 8 d\u00edas, pero no de forma gratuita: la compradora obtiene un descuento sobre el precio del 0,5% por 1 a 4 d\u00edas, del 1% por 5 o 6 y del 1,5% por 7 u 8. La notificaci\u00f3n de pr\u00f3rroga debe cursarse \u00abno m\u00e1s tarde del siguiente d\u00eda h\u00e1bil al \u00faltimo d\u00eda del periodo originalmente estipulado\u00bb \u2014 originally stipulated period.<\/p>\n<p>Ah\u00ed surg\u00eda la cuesti\u00f3n econ\u00f3mica. Conforme a la cl\u00e1usula 20, una vez reanudadas las inspecciones la vendedora dispon\u00eda hasta el 2 de junio para embarcar. La compradora se\u00f1alaba que, seg\u00fan la reventa, la mercanc\u00eda solo se embarc\u00f3 el 4 de junio: la vendedora tampoco habr\u00eda llegado al 2 de junio y solo tendr\u00eda derecho a una indemnizaci\u00f3n nominal. La \u00fanica forma de llegar a tiempo era a\u00f1adir hasta 8 d\u00edas m\u00e1s al amparo de la cl\u00e1usula 10. Pero, seg\u00fan la compradora, el \u00abperiodo originalmente estipulado\u00bb era el periodo contractual que terminaba el 15 de mayo, y el plazo para notificar conforme a la cl\u00e1usula 10 hab\u00eda vencido hac\u00eda tiempo.<\/p>\n<p>El tribunal confirm\u00f3 el criterio del Board: cuando el periodo de embarque se ha prorrogado en virtud de la cl\u00e1usula 20, el periodo as\u00ed prorrogado pasa a ser el \u00abperiodo originalmente estipulado\u00bb a efectos de la cl\u00e1usula 10. La palabra \u00aboriginally\u00bb se limita a excluir pr\u00f3rrogas sucesivas al amparo de la propia cl\u00e1usula 10. La vendedora puede cursar la notificaci\u00f3n de la cl\u00e1usula 10 \u2014con el correspondiente descuento en el precio\u2014 no m\u00e1s tarde del siguiente d\u00eda h\u00e1bil al \u00faltimo d\u00eda del periodo de embarque prorrogado conforme a la cl\u00e1usula 20. La interpretaci\u00f3n contraria produc\u00eda un resultado extra\u00f1o: la vendedora que hubiera ejercido el derecho de pr\u00f3rroga quedar\u00eda en peor situaci\u00f3n que aquella que ni siquiera pens\u00f3 en \u00e9l.<\/p>\n<img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/danil-hristich.com\/wp-content\/uploads\/2026\/08\/fors-mazhor-obstrely-portov-gafta-chrisking72-ss8AzutbDtU.jpg\" alt=\"Grain terminal loading gantries silhouetted at sunset over the water\" title=\"\">\n\n<h2><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Ataques_y_puertos_bloqueados_como_aplicar_esto_ahora\"><\/span>Ataques y puertos bloqueados: c\u00f3mo aplicar esto ahora<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n<p>La pregunta que se hace un operador en 2026 es tajante: \u00bfde qu\u00e9 acontecimiento \u00abimprevisible\u00bb cabe hablar cuando la guerra a gran escala va por su quinto a\u00f1o?<\/p>\n<h3><span class=\"ez-toc-section\" id=\"%C2%BFPueden_los_ataques_ser_fuerza_mayor_si_la_guerra_va_por_su_quinto_ano\"><\/span>\u00bfPueden los ataques ser fuerza mayor si la guerra va por su quinto a\u00f1o?<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n<p>La objeci\u00f3n que se plantear\u00e1 en todos estos litigios es previsible. La guerra comenz\u00f3 en febrero de 2022; los misiles alcanzaron el puerto de Odesa ya en julio de 2022, al d\u00eda siguiente de firmarse el \u00abacuerdo del grano\u00bb, y desde el verano de 2023, cuando Rusia se retir\u00f3 de \u00e9l, los ataques a la infraestructura portuaria y cerealista se volvieron sistem\u00e1ticos. En los contratos de grano ucraniano es habitual desde hace tiempo prever los riesgos de guerra, mediante seguros, cl\u00e1usulas de guerra espec\u00edficas y otras condiciones. Si todo eso se conoce \u2014sigue el argumento\u2014, los ataques son previsibles y la fuerza mayor resulta imposible por definici\u00f3n. Suena demoledor, pero es exactamente la l\u00f3gica que el tribunal rechaz\u00f3 en ADM v Inerco.<\/p>\n<p>El contrato de ADM v Inerco se celebr\u00f3 en plena guerra: se firm\u00f3 en febrero de 2023, un a\u00f1o despu\u00e9s del inicio de la invasi\u00f3n, con una condici\u00f3n especial sobre el corredor del grano. Las partes contrataron sabiendo que la guerra ya estaba en curso y, pese a ello, la defensa de la vendedora basada en la imprevisibilidad se mantuvo en pie. La raz\u00f3n es que el \u00abacontecimiento\u00bb no era la guerra como tal, sino un impedimento concreto: una parada de inspecciones que se apartaba del r\u00e9gimen habitual del corredor. La guerra es el tel\u00f3n de fondo sobre el que se celebra el contrato. La fuerza mayor es lo que se sale incluso de ese tel\u00f3n de fondo.<\/p>\n<p>De ah\u00ed se extrae una f\u00f3rmula operativa para 2026. El criterio no es \u00absi cab\u00eda imaginarlo\u00bb: en una guerra puede imaginarse cualquier cosa. El criterio es si la probabilidad del acontecimiento era, en t\u00e9rminos comerciales, insignificante en la fecha del contrato, valorada tambi\u00e9n por su magnitud y duraci\u00f3n. Ataques puntuales a la infraestructura portuaria, pausas breves en el corredor, seguros caros: ese es el fondo previsible, incorporado al precio desde hace tiempo. Una campa\u00f1a sostenida contra buques mercantes fondeados, marinos fallecidos, la retirada de nueve de cada diez operadores y semanas sin una sola escala constituyen un acontecimiento de otro orden, que puede quedar fuera de aquello que resultaba comercialmente justificado ignorar al firmar. Del mismo modo, en ADM v Inerco las paradas breves de inspecci\u00f3n \u2014catorce en 288 d\u00edas de corredor\u2014 eran previsibles, mientras que una de once d\u00edas no lo fue.<\/p>\n<p>El punto de referencia es la fecha de su contrato, y esa conclusi\u00f3n tiene doble filo. El corredor mar\u00edtimo con el que Ucrania sustituy\u00f3 el \u00abacuerdo del grano\u00bb a finales del verano de 2023 llevaba en julio de 2026 casi tres a\u00f1os funcionando: ya se hab\u00edan producido impactos en buques, pero las escalas nunca se interrumpieron. Para un contrato celebrado antes de la escalada de julio, el historial de funcionamiento del corredor es la prueba central de la imprevisibilidad, igual que lo fueron las estad\u00edsticas de inspecci\u00f3n en ADM v Inerco. Para un contrato celebrado en agosto de 2026, tras la p\u00e9rdida del Golden Leo y la retirada de los operadores, ese mismo argumento apenas funciona: el acontecimiento se desarrollaba ante los ojos de las partes antes de la firma.<\/p>\n<p>Este enfoque no ofrece garant\u00edas. La valoraci\u00f3n sigue siendo una cuesti\u00f3n de hecho para \u00e1rbitros comerciales \u2014el juez en ADM v Inerco dijo expresamente que no interferir\u00eda en ese criterio\u2014 y un tribunal arbitral puede concluir que, para el comercio en zona de guerra, incluso la escalada actual era un riesgo asumido, sobre todo si el contrato distribuye los riesgos b\u00e9licos mediante cl\u00e1usulas espec\u00edficas. Pero la sentencia confirma lo esencial: el mero hecho de que haya una guerra en curso no convierte, por s\u00ed solo, en previsible cualquier impedimento posterior a efectos del apartado (k). Ganar\u00e1 el litigio la parte que disponga de la mejor cronolog\u00eda: estad\u00edsticas de escalas, circulares de aseguradores, avisos de las autoridades, correspondencia con agentes y corredores, d\u00eda a d\u00eda.<\/p>\n<p>Un \u00faltimo apunte se refiere a qu\u00e9 apartado de la cl\u00e1usula invocar. La palabra \u00abunforeseeable\u00bb figura \u00fanicamente en el apartado (k); no aparece en los relativos al bloqueo y a las hostilidades. Si eso significa que, al invocar hostilities, la discusi\u00f3n sobre previsibilidad desaparece por completo, es algo que el tribunal no resolvi\u00f3: en ADM v Inerco la vendedora aleg\u00f3 tambi\u00e9n bloqueo y hostilidades, pero el tribunal arbitral examin\u00f3 solo el apartado (k), y la compradora sosten\u00eda que el bloqueo no era jur\u00eddicamente invocable. Mientras la cuesti\u00f3n siga abierta, la conclusi\u00f3n pr\u00e1ctica es una sola: no elija un \u00fanico apartado en su notificaci\u00f3n de fuerza mayor, invoque a la vez todos los fundamentos aplicables, porque no se excluyen entre s\u00ed.<\/p>\n<h3><span class=\"ez-toc-section\" id=\"La_notificacion_la_actuacion_mas_barata_y_mas_importante\"><\/span>La notificaci\u00f3n: la actuaci\u00f3n m\u00e1s barata y m\u00e1s importante<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n<p>El plazo de siete d\u00edas es un requisito previo estricto y el retraso no se disculpa por la ausencia de perjuicio. La dificultad radica en que la escalada actual es un claro ejemplo de acontecimiento que se desarrolla progresivamente: primero ataques aislados, despu\u00e9s el encarecimiento del seguro y por \u00faltimo la decisi\u00f3n de los armadores de no escalar. \u00bfQu\u00e9 debe considerarse el inicio: el ataque al Golden Leo el 19 de julio, la suspensi\u00f3n de escalas el 23 de julio, alguna fecha intermedia? Nadie lo sabe de antemano y quiz\u00e1 solo se determine en el arbitraje, como en ADM v Inerco, donde la discusi\u00f3n sobre \u00abel 7 o el 9 de mayo\u00bb vale ahora 3,12 millones de d\u00f3lares.<\/p>\n<p>De la sentencia se desprende que ambos extremos son peligrosos: una notificaci\u00f3n demasiado temprana es inv\u00e1lida por s\u00ed misma \u2014mientras el acontecimiento no haya alcanzado car\u00e1cter de fuerza mayor, no hay nada que notificar\u2014 y una demasiado tard\u00eda es fatal. De ah\u00ed una pauta pr\u00e1ctica que la sentencia no formula, pero que se deduce de ella: ante un acontecimiento que se desarrolla progresivamente, como medida prudencial conviene remitir notificaciones sucesivas a medida que cambian las circunstancias, siempre con expresi\u00f3n de motivos. Ello reduce el riesgo de perder la discusi\u00f3n sobre la fecha de inicio, aunque no garantiza por s\u00ed solo la validez de una notificaci\u00f3n concreta. Un plazo perdido ya no lo recupera nadie.<\/p>\n<img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/danil-hristich.com\/wp-content\/uploads\/2026\/08\/fors-mazhor-obstrely-portov-gafta-andylid0-CpsTAUPoScw.jpg\" alt=\"Cargo ships moored alongside container terminal cranes at port\" title=\"\">\n\n<h3><span class=\"ez-toc-section\" id=\"La_fuerza_mayor_suspende_el_contrato_no_lo_extingue\"><\/span>La fuerza mayor suspende el contrato, no lo extingue<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n<p>La cl\u00e1usula 20 no extingue el contrato: el cumplimiento queda suspendido mientras dure el acontecimiento. Si este se prolonga 21 d\u00edas consecutivos tras el final del periodo de embarque, la compradora dispone de la opci\u00f3n de cancelar la parte no cumplida del contrato; si no la ejercita y el acontecimiento se extiende otros 14 d\u00edas, la parte no cumplida se cancela autom\u00e1ticamente. Si el acontecimiento cesa antes, la vendedora debe notificarlo sin demora y dispone del tiempo que restaba para embarcar, con un m\u00ednimo de 14 d\u00edas. El an\u00e1lisis completo del mecanismo \u2014notificaciones, opci\u00f3n de la compradora, carga de la prueba\u2014 se encuentra en la gu\u00eda dedicada a <a href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/gafta-prevention-of-shipment-fuerza-mayor-prohibicion-exportacion\/\">Prevention of Shipment en los contratos GAFTA<\/a>.<\/p>\n<p>Merecen atenci\u00f3n aparte las condiciones especiales que las partes a\u00f1aden al modelo contractual. En ADM v Inerco el contrato preve\u00eda que, cancelado el corredor del grano, quedar\u00eda null and void. La realidad b\u00e9lica entra en los contratos por v\u00edas distintas de las cl\u00e1usulas est\u00e1ndar, y la redacci\u00f3n propia de las partes debe cuidarse al menos tanto como la del formulario impreso.<\/p>\n<h3><span class=\"ez-toc-section\" id=\"El_error_cuesta_mas_que_la_propia_fuerza_mayor\"><\/span>El error cuesta m\u00e1s que la propia fuerza mayor<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n<p>ADM v Inerco ilustra con nitidez los riesgos en espejo. El Board of Appeal parti\u00f3 de que la compradora, al rechazar la notificaci\u00f3n de fuerza mayor y exigir el embarque dentro del plazo original, incurri\u00f3 en un repudio del contrato (renunciatory breach), y sobre esa base concedi\u00f3 3,12 millones de d\u00f3lares en su contra. Que esa conclusi\u00f3n se mantenga depende ahora del laudo que dicte el tribunal arbitral tras la remisi\u00f3n. La vendedora soporta el riesgo sim\u00e9trico: si sin fundamento contractual \u2014o demasiado tarde, de modo que la cl\u00e1usula 20 nunca llegue a operar\u2014 se niega de forma inequ\u00edvoca a entregar, ello puede a su vez constituir un repudio del contrato. En ambos casos la parte perjudicada puede aceptar la renuncia, cerrar su posici\u00f3n en el mercado y cuantificar sus p\u00e9rdidas conforme a la <a href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/gafta-default-clause\/\">Default Clause<\/a>. El comercio de grano ucraniano en tiempo de guerra ya ha generado toda una l\u00ednea de resoluciones inglesas, como <a href=\"https:\/\/danil-hristich.com\/es\/gafta-cuando-un-vendedor-bajo-condiciones-fob-no-puede-reclamar-el-precio-trans-trade-rk-sa-v-state-food-and-grain-corporation-of-ukraine-2025-ewhc-1803-comm\/\">Trans Trade v State Food and Grain Corporation of Ukraine<\/a>, donde un vendedor FOB no pudo reclamar el precio.<\/p>\n<h2><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Conclusiones\"><\/span>Conclusiones<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n<p>ADM v Inerco deja tres conclusiones pr\u00e1cticas. La imprevisibilidad se mide por la probabilidad que resulta comercialmente justificado ignorar y se valora atendiendo a la duraci\u00f3n: un impedimento previsible puede volverse imprevisible por el tiempo que llega a prolongarse. La notificaci\u00f3n de siete d\u00edas es una condition precedent: una notificaci\u00f3n tard\u00eda impide al vendedor ampararse en la cl\u00e1usula 20, por inocuo que parezca el retraso. La cl\u00e1usula 10 sigue disponible tras una pr\u00f3rroga de la cl\u00e1usula 20: la notificaci\u00f3n debe cursarse no m\u00e1s tarde del siguiente d\u00eda h\u00e1bil al \u00faltimo d\u00eda del periodo de embarque ya prorrogado. El destino de los 3,12 millones de d\u00f3lares se decidir\u00e1 en el nuevo examen ante GAFTA, al responder si el acontecimiento comenz\u00f3 antes del 9 de mayo de 2023.<\/p>\n<p>Para los operadores atrapados en la crisis actual la lecci\u00f3n es doble. Una guerra en curso no cierra por s\u00ed sola la puerta a la fuerza mayor: lo decisivo es si el acontecimiento concreto se aparta del tel\u00f3n de fondo sobre el que se firm\u00f3 el contrato. Y la defensa basada en fuerza mayor se construye en los siete primeros d\u00edas, no en el arbitraje: con la cronolog\u00eda, la prueba reunida y las notificaciones correctamente cursadas. Quien realiza ese trabajo desde el primer d\u00eda llega al litigio con su posici\u00f3n ya construida; los dem\u00e1s llegan a discutir sobre fechas.<\/p>\n<hr \/>\n<p>Si su contrato se ve afectado por la situaci\u00f3n en los puertos del mar Negro \u2014necesita valorar su posici\u00f3n de fuerza mayor, preparar notificaciones o el litigio ya ha comenzado\u2014, p\u00f3ngase en contacto conmigo:<\/p>\n<p>\ud83d\udce7 <a href=\"mailto:danil@danil-hristich.com\">danil@danil-hristich.com<\/a>\n\ud83d\udcf1 <a href=\"https:\/\/t.me\/danilhristich\" target=\"_blank\">Telegram<\/a> \u00b7 <a href=\"https:\/\/wa.me\/380632956265\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">WhatsApp<\/a><\/p>\n<script type=\"application\/ld+json\">\n{\n  \"@context\": \"https:\/\/schema.org\",\n  \"@type\": \"FAQPage\",\n  \"mainEntity\": [\n    {\n      \"@type\": \"Question\",\n      \"name\": \"\u00bfQu\u00e9 es un acontecimiento \u00abimprevisible\u00bb en una cl\u00e1usula de fuerza mayor?\",\n      \"acceptedAnswer\": {\n        \"@type\": \"Answer\",\n        \"text\": \"La cl\u00e1usula 20 de GAFTA 48 define el \u00abEvent of Force Majeure\u00bb mediante una lista de doce supuestos: prohibici\u00f3n de exportaci\u00f3n, bloqueo, actos de terrorismo, hostilidades, huelgas, aver\u00eda de maquinaria, hielo, Act of God, y el apartado (k), que result\u00f3 decisivo en el caso:\"\n      }\n    },\n    {\n      \"@type\": \"Question\",\n      \"name\": \"La notificaci\u00f3n de fuerza mayor: \u00bfrequisito o formalidad?\",\n      \"acceptedAnswer\": {\n        \"@type\": \"Answer\",\n        \"text\": \"El derecho a suspender el cumplimiento no surge autom\u00e1ticamente conforme a la cl\u00e1usula 20. 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Computada desde el 9 de mayo, la notificaci\u00f3n del 16 de mayo se sit\u00faa dentro de los siete d\u00edas.\"\n      }\n    },\n    {\n      \"@type\": \"Question\",\n      \"name\": \"\u00bfCabe aplicar la cl\u00e1usula 10 tras una pr\u00f3rroga de la cl\u00e1usula 20?\",\n      \"acceptedAnswer\": {\n        \"@type\": \"Answer\",\n        \"text\": \"La tercera cuesti\u00f3n era la interacci\u00f3n de la cl\u00e1usula de fuerza mayor con la Extension of Shipment (cl\u00e1usula 10). La cl\u00e1usula 10 permite a la vendedora prorrogar el periodo de embarque un m\u00e1ximo de 8 d\u00edas, pero no de forma gratuita: la compradora obtiene un descuento sobre el precio del 0,5% por 1 a 4 d\u00edas, del 1% por 5 o 6 y del 1,5% por 7 u 8. La notificaci\u00f3n de pr\u00f3rroga debe cursarse \u00abno m\u00e1s tarde del siguiente d\u00eda h\u00e1bil al \u00faltimo d\u00eda del periodo originalmente estipulado\u00bb \u2014 originally stipulated period.\"\n      }\n    },\n    {\n      \"@type\": \"Question\",\n      \"name\": \"\u00bfPueden los ataques ser fuerza mayor si la guerra va por su quinto a\u00f1o?\",\n      \"acceptedAnswer\": {\n        \"@type\": \"Answer\",\n        \"text\": \"La objeci\u00f3n que se plantear\u00e1 en todos estos litigios es previsible. La guerra comenz\u00f3 en febrero de 2022; los misiles alcanzaron el puerto de Odesa ya en julio de 2022, al d\u00eda siguiente de firmarse el \u00abacuerdo del grano\u00bb, y desde el verano de 2023, cuando Rusia se retir\u00f3 de \u00e9l, los ataques a la infraestructura portuaria y cerealista se volvieron sistem\u00e1ticos. 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